Cuando hablamos de una quita concursal del 75% de la deuda y cobro a 15 años del 25% restante, todos pensamos que estamos hablando de acreedores no privilegiados.
Sabemos que las deudas a Hacienda y a la Seguridad Social se consideran privilegiadas y no entran en este tipo de reducciones y acuerdos. Por eso me ha sorprendido tanto que en el caso de Nozar, y en contra de la opinión de todos los expertos, de algunos de los principales acreedores, incluso de los administradores concursales nombra...
Published on October 28, 2014 00:00